viernes, 29 de mayo de 2015

HOY 29 DE MAYO SIMULACRO DE SISMO Y QUE MEDIDAS DEBEMOS DE TOMAR SI UNA ANTENA DE TELEFONÍA CELULAR O DE WI FI CAE SOBRE NUESTRO HOGARES

LAS ANTENAS DE TELEFONÍA CELULAR Y SU IMPACTO CON LOS VECINOS  COLINDANTES

DEFENSA CIVIL (Indeci): tiene que realizar la inspección técnica de los predios donde se van a instalar la antena de telefonía, para ver que sus bases soporten el peso  y poder tomar medidas preventivas, como los peligros que están expuestos los vecinos colindantes, por la falta de seguridad en su infraestructura, como en el caso de sismos, debemos de tener en cuenta que nuestro país se encuentra ubicada en el cinturón de fuego (la placa de nazca).

En las municipalidades hay una unidad, oficina de Defensa Civil, en donde podemos acercarnos y realizar nuestras observaciones acerca de las infraestructuras de telefonía celular que se encuentra cerca a nuestras casas.

INDECOPI: En algunos de los contratos que se realizan entre los propietarios del domicilio en donde se instala la antena  y la empresa de telecomunicaciones, existe una clausura en el contrato de arrendamiento que dice en caso de algún movimiento telúrico si las bases o la infraestructura de la antena, afectaran el predio arrendando, la empresa de telefonía se encarga de reparar, o de construir nuevamente el domicilio afectado. Igual derecho tienen los vecinos colindantes a la antena de telefonía celular, antena de wifi  que se encuentran en sus alrededores, dichas empresas también tienen que  pagar el 100% de daños ocasionados por la caída de dicha infraestructuras  en sus casas, en el caso si sucediera algún sismo. 

LOS VECINOS COLINDANTES A UNA ANTENA DE CELULAR PODEMOS SOLICITAR A DEFENSA CIVIL, INDECOPI, DEFENSORIA DEL PUEBLO, MUNICIPALIDADES Y OTRAS ORGANIZACIONES, NUESTRAS QUEJAS.


ESTE FOTAGRAFÍA ES DEL TERREMOTO DE PISCO DEL AÑO 2007

¿Qué daños podemos alegar a las Antenas de Telefonía Móviles?

Daño patrimonial: al devaluarse el valor de las viviendas colindantes al edificio en el que se instalan las antenas de telefonía, ya que la gente empieza a percibir un peligro en la cercanía de estas instalaciones. Este tipo de noticias, tengan o no fundamento científico, tienen un claro efecto sobre el valor de la propiedad inmobiliaria, ya que una persona que haya leído este tipo de noticias, se lo pensará dos veces antes de comprar una vivienda cercana a una antena. En caso de algún movimiento sísmico y que por su acción, dichas estructuras sedan afectado a los vecinos colindantes 

Daño físico: derivado de las posibles enfermedades y trastornos físicos que   puedan causar las ondas electromagnéticas que de forma continuada reciban de las antenas de telefonía los residentes del inmueble y vecinos colindantes. Las indemnizaciones pueden ser astronómicas, y nos encontraríamos ante un supuesto muy parecido al del tabaco o el amianto (en un principio se negó que fueran perjudiciales, demostrándose este extremo años después)

Daño moral o psíquico: precisamente porque no existe actualmente certeza científica, la incertidumbre, y el daño moral que se puede producir a determinadas personas al obligarlas a vivir cerca de esa posible fuente de riesgo, es algo constatable y reconocido ya por el Tribunal Constitucional.


El Adjunto para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, Iván Lanegra, recomendó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a la reglamentación de la Ley Nº 30228, para evitar los conflictos entre vecinos y gobiernos locales. Municipalidades ante la instalación antenas de telefonía celular. Es importante la reglamentación de los mecanismos de compensación ante posibles afectaciones a inmuebles y el entorno urbano a causa de la instalación de una infraestructura de telefonía celular. 

En la legislación chilena faculta a los vecinos a solicitar a las empresas la ejecución de obras para minimizar el impacto urbano que genera la instalación de una torre para la prestación del servicio de telecomunicaciones. Por ello, consideramos que en el nuevo reglamento, las empresas deberían contar con una póliza de seguro para cubrir posibles incidentes frente a terceros y edificaciones vecinas”.

Finalmente, Se deben las distancias mínimas entre las antenas y los colegios o centros de salud, asilos, guarderías.

FUENTE: